- Una de las confusiones más habituales en los formularios exigidos por la Agencia Tributaria es entre los modelos 130 y 131
- Ambos son formularios trimestrales, pero están dirigidos a perfiles distintos y tienen implicaciones fiscales concretas
- Una buena gestión de los trámites fiscales es tan importante como la estrategia comercial o financiera
En el ámbito del emprendimiento y la actividad profesional por cuenta propia, la gestión fiscal se convierte en una parte clave del día a día. No obstante, muchos de los términos y formularios exigidos por la Agencia Tributaria pueden resultar confusos, especialmente para quienes están dando sus primeros pasos o gestionan una pequeña empresa.
Una de las situaciones más habituales es la confusión entre los modelos 130 y 131, dos formularios trimestrales que, aunque similares en su propósito, están dirigidos a perfiles distintos y tienen implicaciones fiscales concretas. Conocer sus diferencias resulta fundamental para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar errores administrativos.
¿Qué son el modelo 130 y el modelo 131?
Ambos modelos están relacionados con el pago fraccionado del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que deben realizar los trabajadores por cuenta propia a lo largo del año, de forma anticipada a la declaración de la renta.
Sin embargo, la diferencia principal radica en el régimen de estimación en el que tributa el profesional o empresario:
- Model 130: está destinado a los freelancers que tributan en estimación directa, ya sea en su modalidad normal o simplificada. Este modelo permite declarar el beneficio obtenido (ingresos menos gastos) y pagar el 20 % sobre el rendimiento neto trimestral.
En el régimen de estimación directa simplificada (modelo 130), Hacienda permite aplicar una deducción adicional del 5 % sobre el rendimiento neto positivo en concepto de gastos de difícil justificación, con un máximo anual de 2.000 euros. Esta deducción no exige justificación documental específica.
- Model 131: se utiliza por quienes tributan en estimación objetiva, más conocido como el “sistema de módulos”. En este caso, no se declaran ingresos ni gastos reales, sino que se calcula el impuesto en función de parámetros preestablecidos como el número de empleados o consumo energético.
¿Cuándo se presentan?
Tanto el modelo 130 como el 131 tienen una periodicidad trimestral, coincidiendo sus plazos de presentación con los del resto de modelos fiscales más comunes. Estos son:
- 1º trimestre: del 1 al 20 de abril
- 2º trimestre: del 1 al 20 de julio
- 3º trimestre: del 1 al 20 de octubre
- 4º trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente (salvo que el 30 caiga en festivo o fin de semana, en cuyo caso se traslada al siguiente día hábil).
¿Cómo se presentan?
Ambos modelos se pueden presentar de manera telematics a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Model 130 and Model 131), utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Para quienes lo necesiten, también es posible delegar esta gestión en una asesoría o gestoría.
Conoce los beneficios de aplicar correctamente ambos modelos
- Evita sanciones por errores fiscales: confundir los modelos o presentar el incorrecto puede derivar en sanciones administrativas o en tener que rehacer declaraciones.
- Facilita una planificación fiscal adecuada: conocer el régimen fiscal propio permite anticipar pagos y planificar mejor los recursos económicos.
- Mejora la organización contable: tener segmentados los trámites según el modelo aplicable favorece una contabilidad más clara y adaptada al régimen tributario correspondiente.
Por lo tanto, para las personas emprendedoras, autónomos y pequeñas empresas, una buena gestión de los trámites fiscales es tan importante como la estrategia comercial o financiera. Identificar correctamente si corresponde presentar el modelo 130 o el modelo 131 no solo evita problemas con la administración, sino que contribuye a una mayor eficiencia y profesionalización en la actividad económica.