Calendario fiscal 2024 para pymes y aut贸nomos

Calendario fiscal 2024 para pymes y aut贸nomos

Resumen

  • Consulta el calendario fiscal 2024
  • Adem谩s de las responsabilidades habituales que tiene cada negocio, las empresas y personas trabajadoras aut贸nomas deben cumplir con diversas obligaciones fiscales

 

Adem谩s de las responsabilidades habituales que tiene cada negocio, las empresas y personas trabajadoras aut贸nomas deben cumplir con diversas obligaciones fiscales, realizando liquidaciones y presentando declaraciones a trav茅s de distintos modelos. Todo este ejercicio se deber谩 de hacer a lo lago del a帽o teniendo en cuenta varias fechas espec铆ficas establecidas en el llamado calendario fiscal.

Conocer este calendario es esencial para estar al tanto de todos los documentos que se deben de presentar, liquidar o, en algunos casos, reclamar y saber cuando es el momento de hacerlo.

Fechas m谩s importantes de 2024

Obligaciones fiscales febrero

Del 1 al 28 de febrero. Modelo 347: declaraci贸n informativa anual de operaciones con proveedores y clientes superiores a los 3.005,06 euros.

Obligaciones fiscales marzo

Del 1 al 31 de marzo. Modelo 720: declaraci贸n de bienes en el extranjero.

Obligaciones fiscales abril

Del 6 de abril en adelante: presentaci贸n telem谩tica de la declaraci贸n de la renta y patrimonio.

Del 1 al 20 de abril:

  • Modelo 111: declaraci贸n de retenci贸n e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaraci贸n de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n directa.
  • Modelo 131: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n objetiva.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.
  • Modelo 303: declaraci贸n trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaraci贸n del IVA para quienes no est谩n obligados a hacerla de forma peri贸dica.
  • Modelo 349: declaraci贸n informativa sobre operaciones intracomunitarias.

Obligaciones fiscales mayo

Desde el 10 de mayo: apertura del plazo para presentar la declaraci贸n de la renta por v铆a telef贸nica, que termina el 30 de junio.

Obligaciones fiscales junio

Del 1 al 24 de junio. Modelo 714: declaraci贸n del impuesto sobre el patrimonio.

30 junio: fecha l铆mite para presentar la declaraci贸n del IRPF.

Obligaciones fiscales julio

Del 1 al 20 de julio:

  • Modelo 111: declaraci贸n de retenci贸n e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaraci贸n de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n directa.
  • Modelo 131: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n objetiva.
  • Modelo 303: liquidaci贸n del IVA del segundo trimestre.
  • Modelo 309: declaraci贸n y liquidaci贸n del IVA para quienes no est谩n obligados a hacerla peri贸dicamente.
  • Modelo 349: declaraci贸n de operaciones intracomunitarias del segundo trimestre.

Del 1 al 25 de julio. Modelo 200: presentaci贸n del impuesto de sociedades.

Obligaciones fiscales octubre

Del 1 al 20 de octubre:

  • Modelo 111: declaraci贸n de retenci贸n e ingreso a cuenta del IRPF.
  • Modelo 115: declaraci贸n de IRPF sobre alquileres urbanos.
  • Modelo 130: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n directa.
  • Modelo 131: declaraci贸n trimestral del IRPF en estimaci贸n objetiva.
  • Modelo 303: declaraci贸n trimestral del IVA.
  • Modelo 309: declaraci贸n del IVA para quienes no est谩n obligados a hacerla de forma peri贸dica.
  • Modelo 349: declaraci贸n informativa sobre operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 202: pago a cuenta sobre el impuesto de sociedades.

Obligaciones fiscales noviembre

Del 1 al 7 de noviembre. Modelo 102: pago del segundo plazo de la declaraci贸n de la renta, si se opt贸 por la opci贸n de fraccionar el pago.

Obligaciones fiscales diciembre

Del 1 al 20 de diciembre. Modelo 202: pago a cuenta sobre el impuesto de sociedades.

 

En los meses de agosto y septiembre no se contempla la presentaci贸n de ning煤n modelo fiscal.

Se han enunciado las principales obligaciones fiscales agrupadas por fecha, para m谩s informaci贸n se puede acudir al calendario completo publicado por la Agencia Tributaria disponible en el siguiente enlace.

 

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